EL PROCESO CONSTITUYENTE Y SUS PROYECCIONES PARA CHILE

Estimados amigos y amigas:

Chile está viviendo un periodo que quedará marcado en los anales de la historia. Difícilmente pueden reunirse en un periodo de tiempo de 4 años hitos históricos de tanta significación y trascendencia para nuestra patria.

En efecto, se acumularon:

  • El estallido social (18 octubre 2019) y las gigantescas manifestaciones públicas del 25 de octubre en Santiago y todas las regiones.
  • La generación del proceso constituyente (15 noviembre 2019)
  • La Reforma Constitucional que instaura el plebiscito constitucional (noviembre-diciembre-enero 2019)
  • La pandemia sanitaria (marzo 2020 hasta el presente).
  • La reforma descentralizadora que convocó por primera vez en 200 años la elección de Gobernadores Regionales para el 11 de abril.
  • El Plebiscito que dio origen a la reforma a la Convención Constitucional que redactará la nueva Constitución (25 octubre 2020)
  • Las primarias para la primera elección de Gobernadores Regionales (29 noviembre del 2020)
  • Las futuras elecciones municipales, de constituyentes, gobernadores, parlamentarias y presidenciales (11 abril 2021)
  • La redacción y referéndum de la nueva Constitución (abril 2021 – junio 2022)

Nuestro rol como parlamentarios comprende la función de representación ciudadana, que implica informar y formar a la comunidad sobre el quehacer legislativo que hemos realizado durante nuestra gestión y sus proyecciones futuras.

Esto es lo que queremos hacer en esta publicación que resume nuestro trabajo y que entregamos como un instrumento que da cuenta, forma y fortalece a nuestra comunidad como ciudadanos para su compromiso con la labor pública.

Se lo entregamos con afecto y con los mayores deseos para el año que se viene.

 

Rodrigo González Torres, Diputado, Distrito 7.

I.- Génesis del Proceso Constituyente:

A- El estallido social

El día 18 de octubre de 2019 se ha catalogado como el día en el que “Chile Despertó”. En aquella jornada, luego de varios días de protesta por el alza de la tarifa del Metro de Santiago, éste se vio obligado a cerrar, generando un caos vial en toda la Región Metropolitana, derivando posteriormente a una movilización social que se extendió muy pronto a todo el país.

Se acuñó la frase “no son 30 pesos, sino 30 años “, atribuyendo el descontento social a un malestar acumulado por las profundas desigualdades y abusos que millones de chilenos vivían diariamente desde hacía mucho tiempo.

Este estallido fue tratado por el Gobierno como un tema de orden público, por lo que declaró el Estado de Emergencia y Toque de Queda en muchas regiones del país, dando lugar a un periodo de grandes manifestaciones públicas, que en muchas oportunidades terminaron en violentos enfrentamientos de grupos violentistas con las fuerzas del orden, desordenes nocturnos, asaltos a supermercados y saqueos, con un saldo de numerosas personas fallecidas, cientos de heridos, más de 400 con pérdida de globo ocular y graves violaciones a los derechos humanos de acuerdo al INDH y organizaciones internacionales.

Taller Constitucional en Viña del Mar Junto a Daniel Stingo
Bancada PPD en el Congreso apoyando la nueva Constitución

B- La Agenda Social:

La Mesa de Unidad Social, conformada por diversas organizaciones, configuró una agenda social que comprendió algunas de las principales demandas de la ciudadanía:

-Nueva Constitución y una asamblea constituyente con participación social.

-Medidas sociales de aplicación inmediata en materia de protección del empleo, incremento del salario mínimo, aumento de las pensiones, disminución del precio de los medicamentos, valor de los servicios básicos).

-Nuevas leyes que impliquen cambios estructurales en materia de pensiones, salud, educación, vivienda, trabajo y transporte público.

-Defensa de los derechos humanos, cambios a los protocolos de actuación de Carabineros, sin impunidad y con reparación a las víctimas.

-Fin a los abusos, colusiones, privilegios, corrupción en las instituciones públicas y privadas.

C- La Consulta Ciudadana de la AChM:

Cuando aún el Gobierno ni el Parlamento señalaban un camino para abordar la grave crisis nacional, la AChM demostró en su Asamblea de Alcaldes del 7 de noviembre un histórico liderazgo acordando realizar una Consulta Nacional el 7 de diciembre, donde convocaba a los chilenos a pronunciarse si querían una Nueva Constitución mediante un plebiscito. Esta convocatoria fue decisiva para el logro del Acuerdo por la Paz y una Nueva Constitución el 14 de noviembre, lo que motivó a la AChM a modificar la fecha de su consulta para el 15 de diciembre  del 2019 con la participación de 2 millones y medio de chilenos, cuyo resultado tuvo fuerte incidencia en la Reforma Constitucional que estableció el plebiscito para el 25 de octubre del 2020.

En la Consulta Nacional el día 15 de diciembre del 2019, vía online y presencial, se plantearon los principales temas que está demandando la ciudadanía, sobre la base de escuchar directamente la voz de la gente a través de un proceso transparente y democrático. Entre los temas que se consultaron estuvieron, además de la necesidad o no de una nueva Constitución para Chile, la priorización de las demandas sociales más sentidas por la ciudadanía (pensiones, salud, sueldos, servicios básicos, transporte, seguridad, medioambiente, pueblos originarios, agua, corrupción y abusos, entre otros). A ello se agregaron temas de carácter local.

Taller constitucional en colegio Winterhill con Gloria de la Fuente y Cristian Viera

D- Plataforma social surgida de la consulta:

De la Consulta Ciudadana del 15 de diciembre del 2019 surge una plataforma que sintetiza las grandes demandas del movimiento social y que resumimos en el siguiente cuadro:

  1. Hacia un nuevo sistema de seguridad social y pensiones.
  2. Reducir el costo de los gastos básicos (agua, luz, gas) y garantizar un mejor salario mínimo con trabajo digno.
  3. Implementar reformas al sistema de salud y medicamentos.
  4. Avanzar hacia una educación gratuita y de calidad para todos.
  5. Construir una mayor Equidad Territorial: nuevos recursos, competencias y poder para las regiones y municipios.
  6. Mejor ciudad, Desarrollo Urbano sostenible, cuidado del Medio Ambiente, protección y recuperación de nuestros recursos naturales.
  7. Más Infraestructura, mejor Transporte y Barrios dignos en el Pacto social.
  8. Trabajar por más Ciencia, Innovación y Cultura al servicio de una estrategia y nuevo modelo de desarrollo.
  9. Acuerdo Nacional por la Paz social: combate al narcotráfico, a la delincuencia, al crimen organizado, reformar a las instituciones de seguridad y orden público y establecer los DDHH como eje de la nueva política pública.
  10. Modernización y transparencia del estado al servicio del Pacto Social (fortalecer el carácter vinculante de los plebiscitos de iniciativa ciudadana)
  11. Comprometer nuevos recursos permanentes para avanzar hacia el Pacto Social.
  12. A estos temas de la consulta municipal corresponde agregar la equidad de género e inclusión que reclaman con fuerza las mujeres de Chile.

E- Plataforma social surgida de la consulta:

En la madrugada del viernes 15 de noviembre del 2019, en la sede del Ex Congreso Nacional, de cara al país, tras 29 días de estallido social en Chile, parlamentarios del oficialismo y la oposición suscribieron el “Acuerdo por la Paz Social y una Nueva Constitución”.

En el documento se acordó la realización de un plebiscito, en abril del 2020, donde la ciudadanía deberá establecer si desea o no una nueva Constitución y mediante qué mecanismo se redactará, entre dos opciones: una Convención Constitucional compuesta en un 100% por ciudadanos elegidos para esa labor (o Asamblea Constituyente) y -la otra-, una Convención Mixta con porcentaje de participación de actuales parlamentarios 50% y 50% miembros electos por la ciudadanía para ese fin.

El plebiscito contempla que cualquier acuerdo al que llegue la instancia que se apruebe, requerirá el apoyo de 2/3 de sus miembros para su aprobación.

Reunión con dirigentes sociales en San Antonio
Junto a alcaldes y dirigentes sociales en la ACHM en actividad sobre la nueva constitución

F- Covid-19 y postergación del Plebiscito para el 25 de octubre del 2020:

Ante la pandemia mundial que golpeó fuertemente al país a partir del mes de marzo del 2020, hizo necesario modificar el calendario electoral no solo del proceso constitucional, sino también lo relativo a las elecciones municipales y de Gobernadores Regionales.

Hacer un Plebiscito en pleno mes de abril, en el peak de la crisis sanitaria era un grave riesgo para la población, por lo que tanto Senadores, Diputados y el Gobierno acordaron de forma transversal cambiar la fecha de abril para el 25 de octubre del 2020. Esta modificación implicó que las elecciones municipales y de Gobernadores Regionales se pospusieran para el 11 de abril, fecha que coincidirá con la elección de los integrantes convencionales constituyentes en caso de que gane la opción apruebo en el plebiscito.

El resultado fue contundente

Participaron 2 millones 463 mil 663 personas

Votaron en 225 comunas.

 

Resultados principales:

¿Está usted de acuerdo o en desacuerdo con que Chile tenga una nueva Constitución?

92,2 % estuvo a favor de una nueva constitución.

¿Quién prefiere Ud. que elabore una nueva Constitución?

73,1% a favor de la Convención Constitucional (AC)

Temas más importantes a resolver de la agenda social:

Pensiones: 1.263.255 preferencias,

Salud: 1.194.507 preferencias

Educación: 819.819 preferencias.

II. ¿Qué es una Constitución?

Una Constitución Política es la norma fundamental del Estado. Las constituciones establecen los principios y valores en que se sustenta el orden político, establecen la forma del Estado, la composición del gobierno y consagran los derechos fundamentales de las personas.

Chile goza de una larga tradición constitucional que se remonta a los albores de la independencia. Hemos tenido hasta ahora 10 constituciones políticas, las cuales se han basado en los principios de la organización republicana y democrática, la soberanía popular, la separación de los poderes, la supremacía de la constitución y las leyes, la responsabilidad política de los gobernantes y el respeto, promoción y garantía de derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales en favor de las personas.

III. La Constitución Política de 1980

¿Cómo se originó la Constitución de 1980?

Nuestra Democracia se vio interrumpida por el Golpe de Estado de 1973 que derrocó al Presidente Salvador Allende, asumiendo el poder total una Junta de Gobierno, encabezada por el general Augusto Pinochet, la cual dejó sin efecto la Constitución Política de 1925 y encargó la redacción de una nueva carta fundamental a un grupo de juristas afines al ideario político del nuevo régimen, basado en la instauración de una democracia autoritaria y cupular y de un modelo económico neoliberal. Dicha Constitución Política fue finalmente impuesta al país mediante un plebiscito carente de las debidas garantías.

 

¿Por qué necesitamos una Nueva Constitución?

A pesar de la derrota de la Dictadura Militar en el plebiscito de 1988, que permitió el retorno a la Democracia, la Constitución Política de 1980, pese a las numerosas modificaciones que se le han introducido, sigue proyectando sobre el país el legado dictatorial. Nuestra democracia sigue siendo cupular y concede pocos espacios para la participación ciudadana, lo que se ha traducido en una cada vez mayor apatía de los ciudadanos respecto del proceso político. Por otra parte, el modelo económico neoliberal consagrado en la carta fundamental ha generado un sistema que ha fomentado la desigualdad, el enriquecimiento desmedido de unos pocos y el abandono del Estado de su función garantizadora de derechos sociales como la educación, la salud, las pensiones, la vivienda y de bienes fundamentales como el agua.

En cuanto al Estado, la Constitución Política de 1980 reduce al mínimo la intervención estatal, el cual sólo tiene un rol subsidiario. El Estado solo puede participar compensando las inequidades producidas por el mercado, pero no asegurando derechos sociales de manera directa.

Respecto a los derechos sociales, algunos no se garantizan por la Constitución adecuadamente como la educación, la salud y las pensiones. Otros no se reconocen, como el derecho a la vivienda o al agua. Por otra parte, el derecho de propiedad ha sido excesivamente protegido, en desmedro del medioambiente y nuestros recursos naturales.

Además, la Constitución política no reconoce la diversidad de pueblos que conviven en el terreno nacional, los que carecen de una adecuada representación.

IV. El Proceso Constituyente

El Congreso Nacional aprobó una Reforma Constitucional que modifica el capítulo XV de la Constitución Política estableciendo un procedimiento de elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política para Chile.

PLEBISCITO DE ENTRADA: El primer paso que contempló fue la realización de un plebiscito nacional, que se realizó el 25 de octubre de 2020. El plebiscito contempló 2 cédulas electorales:

1.- “¿Quiere usted una Nueva Constitución?” y donde se podía responder: Apruebo o Rechazo.

2.- “¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?” Las alternativas para este caso fueron:

  1. “Convención Mixta Constitucional” (integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio).
  2. “Convención Constitucional” (integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente y paritaria entre hombres y mujeres).

La Convención Mixta Constitucional estaría integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos y 86 a parlamentarios; mientras que la Convención Constitucional se integrará por 155 ciudadanos electos para este efecto.

V. La convención Constitucional

La Convención Constitucional después del Plebiscito

Con un 78,99% de aprobación, será la Convención Constitucional el órgano encargado de redactar la Nueva Constitución para el país, la cuál será 100% elegida por la ciudadanía.  Se elegirán por votación popular mediante el mismo sistema proporcional de elección de los diputados y diputadas y en los mismos distritos, pero habrá un mecanismo que garantice la paridad de género, y en total serán 155 convencionales.

Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención. Su función será redactar un proyecto de nueva constitución y no podrá hacer cambios a la carta magna vigente. Mientras no entre en vigencia una eventual nueva Constitución, la del 80 seguirá plenamente en funciones, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.

La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las normas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio. No podrá alterar los quórum ni los procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.

Los miembros de la Convención recibirán una retribución mensual de 50 unidades tributarias mensuales (poco más de 2 millones y medio de pesos), además de las asignaciones para labores de apoyo que se establezcan en el Reglamento de la Convención. Dichas asignaciones serán administradas por un comité externo.

La Convención deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de nueva Constitución en el plazo máximo de nueve meses, el que podrá prorrogarse, por una sola vez, por tres meses. La prórroga podrá ser solicitada por quien ejerza la Presidencia de la Convención o por un tercio de sus miembros. Una vez redactada y aprobada la propuesta de texto de Nueva Constitución por la Convención, o vencido el plazo o su prórroga, la Convención se disolverá.

Redactada la Nueva Constitución el Presidente de la República deberá convocar a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta. El sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.

PARIDAD

Lo primero que se debe garantizar es la paridad de “entrada” en la papeleta. Esto significa que se deben presentar listas paritarias, salvo que las candidaturas sean impares, donde ningún sexo podrá superar al otro en uno. Las listas deberán estar encabezadas por una mujer y luego incluir un orden alternado entre un hombre y una mujer, lo que se ha llamado el “mecanismo cebra”.

Se establece que los distritos que eligen un número par de escaños tiene que ser 50% electas y 50% electos, y en los impares ningún sexo puede superar al otro en una candidatura electa. Es decir, en los distritos de elección par, debe haber igual cantidad de hombres y mujeres electos.

En caso de que uno de los dos sexos quede sobrerrepresentado deberá aplicarse una “corrección” para garantizar la paridad. Se determinará la cantidad de escaños para hombres y mujeres que deban aumentar y disminuir, respectivamente, en el distrito, para obtener la distribución mínima.

Se ordenarán las candidaturas que el sistema proporcional seleccione preliminarmente del sexo sobrerrepresentado según su votación individual de menor a mayor.

Se verá cual es la candidatura con menos votos del sexo sobrerrepresentado. Esa candidatura quedará fuera de la convención y entrará la candidatura con mayor votación del sexo subrepresentado de su mismo pacto, partido o lista de independientes. De esta forma se garantizará una paridad tanto para hombres como para mujeres.

INDEPENDIENTES

La norma establece que los independientes requerirán para inscribir sus candidaturas el patrocinio de un número de ciudadanos igual o superior al 0,2% de los electores que hubiesen sufragado en el respectivo distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados. Además, cada lista conformada por independientes requerirá del patrocinio de un número de ciudadanos igual o superior al 0,5%.

Para el funcionamiento efectivo el Servicio Electoral (Servel) deberá habilitar una plataforma electoral online para materializar los patrocinios.

Dentro de lo establecido no se permite que las listas de las candidaturas independientes puedan acordar pactos con uno o más partidos políticos, pese a que dicha indicación fue presentada en cuatro oportunidades durante la tramitación.

ESCAÑOS RESERVADOS

Tras varios días de incertidumbre, la Comisión Mixta del Congreso que tramitó el proyecto para reservar escaños para pueblos originarios en la Convención Constitucional logró llegar a un acuerdo. La instancia compuesta por miembros del Senado y la Cámara aprobaron la propuesta de 17 cupos reservados para pueblos originarios y uno para afrodescendientes (votado de forma independiente), todo esto dentro de los 155 escaños ya fijados.

La iniciativa entrega siete escaños a mapuches, dos a Aymaras y uno para cada uno de los siguientes pueblos: Rapa Nui, Quechua, Lincan Antay o Atacameño, Diaguita, Colla, Kawashkar, Yagán o Yámana y Chango.

PLAZO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CONVENCIÓN

Una vez definidos los integrantes que conformarán la convención constituyente, esta instancia tendrá un plazo de funcionamiento de nueve meses, el cual será prorrogable sólo una vez y por un tiempo máximo de tres meses. (11 abr. 2021 – 11 mar. 2022).

PLEBISCITO RATIFICATORIO

Una vez que la convención redacte el proyecto de nueva Constitución, este deberá ser aprobado mediante un plebiscito ratificatorio de carácter obligatorio. Este proceso de consulta debe realizarse 60 días después de entregada la propuesta final. (mar.2022 – may.2022)

LOS GRANDES TEMAS QUE DEBE ABORDAR LA NUEVA CONSTITUCIÓN

Señalamos algunas orientaciones básicas para el debate abierto y amplio de una nueva carta fundamental, las cuales  que deben contemplar y ser enriquecidas por  la incorporación participativa de la rica diversidad humana, étnica y cultural de nuestra nación. Estas orientaciones pueden contribuir a un marco general para el diálogo y la deliberación transparente  e inclusiva en el territorio, en las organizaciones sociales y en todas las instancias del Estado  y de la sociedad del proyecto de Nueva Constitución:

A.- LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO: Poner al ser humano y su dignidad  en el centro, terminando con todas las formas de sujeción, discriminación,  abusos y privilegios, consagrando el respeto al desarrollo de las potencialidades, identidad, intimidad, creatividad, imaginación y talento de la persona humana así como todas las libertades esenciales que la sustentan.

B.- DERECHOS FUNDAMENTALES: Nuestra Democracia debe garantizar con la misma intensidad todos los derechos humanos, especialmente los derecho sociales, e incorporar otros como la vivienda, el acceso a la cultura, el derecho a la seguridad social para lograr pensiones dignas, consagrando el deber del Estado de asegurar para todos tales derechos.

C.- FLEXIBILIDAD: La Democracia, como forma de gobierno, debe ser muy flexible a los cambios sociales. Más aún, en el contexto de una sociedad globalizada que está hoy experimentando cambios muy profundos, debido a los avances tecnológicos y científicos. Ello implica que el régimen de quórums para aprobar cambios constitucionales o legales debe reducirse, de manera de permitir que el sistema político, económico y social se adapte rápidamente a las nuevas demandas de una sociedad en evolución. Será parte del debate la eliminación de los quórums supramayoritarios, que a lo largo de 30 años han impedido o han dificultado cambios estructurales, gracias al poder de veto que se genera en favor de una minoría política.

Ello implica sobre todo una profunda transformación y flexibilidad para establecer un orden público económico acorde con la voluntad mayoritaria y no intocable, como ocurre hoy, que consagra un modelo neoliberal contra la voluntad de la mayoría y el principio de subsidiariedad como intocable, fuente del imperio absoluto del mercado, del dinero y del lucro en actividades como la salud, la vivienda y la educación.

D.- PARTICIPACIÓN: Consagrarla como un derecho fundamental y ponerla en el centro del quehacer de la sociedad, de las políticas públicas y del fortalecimiento permanente de la democracia.

Nuestra Democracia debe abrir espacios mayores de participación en favor de los ciudadanos, dándole carácter vinculante o incidente y promoviendo y fortaleciendo a las organizaciones sociales  y de la sociedad civil en todas sus formas otorgándoles facilidades, recursos y condiciones favorables para ejercer sus funciones e incidir en las políticas públicas.

Hoy, el pueblo solo ejerce la democracia directamente sólo cuando elige a sus autoridades. La Democracia representativa, tal como se ejerce hoy, implica una suerte de secuestro de la soberanía, por una élite política. Es por ello que deben introducirse mecanismos  de democracia directa, como el fortalecimiento de los plebiscitos, la formulación ciudadana o iniciativa popular de ley, los plebiscitos revocatorios, el voto programático referéndums sobre leyes de importancia, consultas comunales vinculantes.

E.- EFICIENCIA: La Democracia, como forma de gobierno, debe ser eficiente en la solución de las demandas sociales. El procedimiento de aprobación de las leyes es lento y engorroso y por ende, las soluciones son tardías. Es el momento de plantearnos la necesidad de un parlamento unicameral, o al menos, de hacer cercano y participativo y de simplificar el procedimiento de formación de las leyes.

F.- ARMONÍA: La Democracia contemporánea descansa, entre otros principios, en la debida separación  de los poderes. Hoy, uno de dichos poderes, la Presidencia de la República, goza de una serie de atribuciones que han implicado un debilitamiento del rol del Congreso en la vida nacional. Es el momento de debatir si es posible  avanzar hacia un régimen semi presidencial o al menos, un régimen presidencial más atenuado, de manera de equilibrar la relación del Ejecutivo con el Legislativo. Un problema a afrontar en cómo solucionar el problema de un ejecutivo que pierde legitimidad en el transcurso de su mandato. En ese sentido, el régimen presidencial es rígido, a diferencia de un régimen semi presidencial o parlamentario, donde el ejecutivo gobierna, en tanto mantenga un apoyo parlamentario mayoritario.

G.- SOBERANÍA POPULAR SIN DISTORSIONES: La ley es la forma en que el pueblo soberano se manifiesta. Por lo tanto, el Tribunal Constitucional, si bien cumple un rol fundamental en la defensa del Estado de Derecho, no puede ser una instancia política para vetar proyectos. Por lo tanto, debe ser reestructurado.

H.- DERECHOS FUNDAMENTALES: Nuestra Democracia debe garantizar con la misma intensidad todos los derechos humanos, especialmente los derecho sociales, e incorporar otros como la vivienda, el acceso a la cultura, el derecho a la seguridad social para lograr pensiones dignas, consagrando el deber del Estado de asegurar para todos tales derechos.

I.- INCLUSIÓN: Nuestra Democracia, en 200 años, nunca ha dado espacio a los pueblos originarios de Chile.  Debemos avanzar al reconocimiento explícito a dichas naciones y sus derechos ancestrales y asegurarles cargos de representación popular.

J.- HORIZONTALIDAD DEL PODER: Nuestra Democracia tradicionalmente ha implicado un modelo vertical del poder. En materia de Administración, debemos avanzar hacia un modelo de desarrollo horizontal, de toma decisiones a nivel regional e incluso comunal. Debemos impulsar en la nueva constitución la descentralización política, administrativa y fiscal dotando a los futuros gobiernos regionales y comunales de  autonomía política y financiera y más atribuciones, al igual que a los consejos regionales, alcaldes y concejales, dentro de los marcos de un estado unitario. Debemos asegurar la debida autonomía de órganos y servicios, así como la generación de rentas regionales y comunales.

A partir de estas ideas generales, puede y debe enriquecerse el caudal asombroso del inmenso tesoro de ideas nuevas que anidan en la soberanía y el alma de nuestro pueblo, lo que en doscientos años nunca habían podido expresarse plena y libremente. Este es el deseo y la inmensa esperanza de todas y todos los chilenos puestos en este proceso constituyente.